domingo, 27 de abril de 2014

Qué cosas

Hace un par de semanas nos llegó una notificación de la Oficina del Censo Electoral, en la que se nos animaba a solicitar el voto para las elecciones al Parlamento Europeo del 25 de mayo. El proceso no es nada complicado, dado que el formulario lo envían relleno y lo único que hay que hacer es poner la fecha, firmarlo y enviarlo junto con un documento identificativo por correo postal o fax a la Delegación Provincial correspondiente, situada en nuestro caso en Madrid.

Seguramente estoy siendo picajosa, pero me deja de piedra que a estas alturas del siglo XXI tenga que enviar una solicitud oficial por fax o correo postal. La primera opción es complicada porque a día de hoy no tengo ni idea de dónde puede haber un fax que me permita hacer un envío internacional, ni siquiera la oficina de correos ofrece ya este servicio. Y la segunda opción deja la duda de si la fecha límite que se indica (26 de abril) es para el envío o la recepción, por no hablar de que hay que hacer el envío certificado, aunque solo sea porque va una copia del DNI o pasaporte dentro. Vaya, que la cosa la ponen complicadilla.

Lo mejor de todo es que al final de la carta indican que puedo obtener más información en mi Consulado o Embajada, y en las webs del Ministerio del Interior, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación o el Instituto Nacional de Estadística. Donde, dicho sea de paso, también puedo consultar el estado de mi solicitud. Y digo yo, si el sistema permite consultar el estado de la solicitud vía web, ¿por qué no permite hacer la solicitud vía web también, con certificado digital? Y también, ¿por qué no puedo hacer la gestión a través del Consulado o Embajada?


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